jueves, 30 de julio de 2015

Desaguadero y Zepita no recibirán ayuda por las heladas

Alcaldes no reportaron a INDECI y no están declarados en Estado de Emergencias por heladas

El 19 de julio del presente año en boletín  de normas legales fue  publicado el Decreto Supremo N° 050-2015-PCM,  que declara el Estado de Emergencia por 45 días en algunos distritos y provincias de los departamentos de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Lima, Moquegua, Pasco, Puno y Tacna, por Helada.

Este año entre junio y julio se presentaron en nuestro país fenómenos meteorológicos relacionados con bajas temperaturas, como son las heladas en nuestras zonas altoandinas, manifestaciones extremas de dichos fenómenos meteorológicos con temperaturas muy por debajo de los 0ºC acompañados de granizadas y nevadas.

El gobierno nacional declara el Estado de Emergencia en algunos distritos y provincias de nuestra región, en la actualidad vienen enfrentando dichas manifestaciones extremas, situación que viene afectando la vida y la salud de la población, servicios básicos, actividad agrícola, ganadera e infraestructura diversa, centros educativos, entre otros, requiriéndose una atención especial y el apoyo del Gobierno Nacional.

mediante el Oficio Nº 2278-2015-INDECI/5.0, de fecha 17 de julio de 2015, el Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI remite a la Presidencia del Consejo de Ministros el Informe Situacional Nº 00012-2015-INDECI/11.0, por medio del cual informa sobre la ocurrencia de intensas heladas que se vienen presentando en varias zonas y adjunta, Anexo 1, dando a conocer la  relación de los distritos afectadas a considerar en la aprobación de la Declaratoria de Estado de Emergencia, señalando que es necesaria la ejecución de medidas de excepción inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación que correspondan; teniendo en consideración que el citado Informe Situacional, el Centro de Procesamiento de Información Geoespacial  CEPIG y los registros del Sistema Nacional de Información para la Respuesta y Rehabilitación  SINPAD de las zonas afectadas; es menester atender lo solicitado por el Instituto Nacional de Defensa Civil  INDECI.

la magnitud de la situación descrita demanda la adopción de medidas urgentes que permitan a los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales involucrados según corresponda, con la coordinación del Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI y la participación del Ministerio de Agricultura y Riego, Ministerio de Salud, Ministerio de Educación, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y demás instituciones y organismos públicos dentro de sus competencias, ejecuten las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante la ejecución, sustentadas en los estudios e informes técnicos de las entidades competentes

En conclusión algunos alcaldes como presidente de Defensa Civil no reportaron ningún tipo de informe  a INDECI de las inclemencias de la naturaleza, por negligencia de las mismas  autoridades hoy varios distritos de la región no están en estado de emergencia, en la provincia Chucuito Juli, el distrito de Desaguadero y Zepita no figuran en el anexo 1 del Decreto Supremo N° 050-2015-PCM; por lo tanto, los ministerios e instituciones  no podrán atender pese a que miles de conciudadanos estén pasando frio en sus comunidades.


En Desaguadero el alcalde Gumercindo Pari Escobar es duramente cuestionado por las autoridades comunales por descuido de los informes y mientras en Zepita los dirigentes citaran a una audiencia  al alcalde Gerardo Bautista Flores. 

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